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Bitcoin vs. el Código Orgánico Monetario y Financiero


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El 25 de junio de este año, el Presidente Rafael Correa envía a la Asamblea Nacional el proyecto de Código Orgánico Monetario y Financiero, un documento de 183 páginas que incluyen la exposición de motivos, 11 considerandos, 516 artículos, 13 disposiciones generales, 37 disposiciones reformatorias y 31 derogatorias, 35 disposiciones transitorias, y 3 disposiciones finales. Ayer jueves se realizó el tercer debate, y mientras esperamos los informes y su aprobación final, es necesario comentar que salta a la vista algunos temas relacionados de forma directa con la tecnología.

Por otro lado, hemos hablado de Bitcoin, una moneda electrónica descentralizada entre pares y sin intermediarios, anónima, de código abierto, segura e internacional. A pesar de su reciente aparición, es indiscutible que está en auge, sugiriendo que se la use con cierta precaución.

En cuanto al Código en su fase de proyecto, el primer aspecto tecnológico va en relación a la creación de una moneda electrónica centralizada que se respalda en los activos del Banco Central. Sin duda la implementación de una moneda digital conlleva varios beneficios a sus usuarios, siendo notable que se implemente de forma progresiva en nuestro país. Sin embargo choca con algunos de los conceptos de las criptodivisas descentralizadas como el Bitcoin, donde no están sujetas a control institucional de ningún tipo (bancos o gobiernos), y por ende con ausencia de regulación o inflación. Además, el Código prohíbe expresamente la circulación de otro tipo de monedas no autorizadas, como por ejemplo Bitcoin.

El otro aspecto tecnológico implícito gira en torno a la preocupación sobre la intimidad y privacidad de los usuarios. Según el Código, siendo el Banco Central el único autorizado para proveer de forma exclusiva moneda metálica nacional y moneda electrónica, sería cuestión de tiempo programar y registrar los usos, datos e información sensible de los usuarios de la moneda digital. En el ámbito de la moneda física, por su propia naturaleza, se protege el anonimato, pero con la moneda digital esto no sucede.

En nuestro país se empiezan a agrupar los usuarios de Bitcoin, cuyo propósito es la adopción, investigación y difusión sus bondades, quienes han planteado algunas propuestas a la Asamblea con el ánimo de corregir a tiempo este proyecto de Código.

Las observaciones están planteadas, el debate está abierto.

BitcoinLuis Núñez de Bitcoin Ecuador (@BitcoinEC) comparte sus observaciones al Código y sus propuestas a la Asamblea.

Enlaces
Si tienes problemas para escuchar el audio del podcast, puedes acceder directamente y descargarlo en formato mp3 y ogg.

Créditos
Imagen gráfica del logo: Box 03 Cake Cherry Icon por Klukeart
Banda sonora: Memories por SundLy
Anfitrión: Patricio Narváez (@patonarf) en Kocodrilo Radio

¿Te puedo pagar con Bitcoins?


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Un grupo de cinco personas están sentados alrededor de una mesa. Cada uno tiene dinero en efectivo en una mano y una libreta de apuntes en la otra, en cada libreta están anotadas las cantidades de dinero que poseen todas las personas. Uno de ellos le paga a otro porque acaba de comprarle un bien, todos los asistentes registran ese pago en sus libretas de apuntes para evitar el “doble gasto”, de tal forma que el comprador no estafe a lo demás intentando pagar con dinero que no tiene. Estos son los conceptos básicos en los que se fundamente la nueva moneda tecnológica Bitcoin, en vez de la mesa tenemos la red (Internet), y no somos cinco personas sino millones que estamos interconectados. Sus características principales son:

  • Moneda electrónica: no existe soporte físico de esta moneda, ni en metálico ni en billetes, la billetera se almacena como un archivo de tu computadora, si pierdes el archivo pierdes el dinero.
  • Descentralizada: no hay una entidad que respalde la moneda, como por ejemplo el Banco Central de un país, por tanto no tiene inflación ni está bajo la regulación o control de ningún gobierno o entidad.
  • Anónima: para efectuar una transacción (envío o recepción de bitcoins) no es indispensable identificarse o asociar la billetera a un nombre, simplemente se publica la “dirección”, como por ejemplo la mía: 1QHuYq7uf5jXQPxidddHFLpTtnu8cHyeUd, y listo, se pueden enviar o recibir bitcoins.
  • Segura: el archivo digital que contiene la billetera puede encriptarse, al igual que las transacciones
  • Internacional y sin costos de transacción: pagos casi inmediatos en todo el mundo, y sin intermediarios, por tanto sin costos de procesamiento.

Aunque Bitcoin es relativamente nuevo y se recomienda ser cautos en su uso puesto que está en evolución, ya se puede cambiar moneda legal en curso –por ejemplo dólares– con Bitcoins. Es cuestión de tiempo para que los “cambistas” mejoren su interfaz para que el usuario final tenga una mejor experiencia de uso y evite confusiones. A la fecha se procesan más de 28 millones de transacciones, incidiendo a que servicios conocidos en la web como por ejemplo WordPress o Wikileaks aceptan pagos en Bitcoins.

Queda por definir un escenario donde las transferencias de dinero con esta moneda electrónica se saltan con mucha facilidad a reguladores, intermediarios, y otros controles fiduciarios a los que hemos estado mal acostumbrados. Cambiar ese paradigma y reflexionar en su mejora es parte de esa evolución pendiente.

Infórmate un poco más, crea tu billetera, cambia tus primeros dólares, y la próxima vez pregúntale a tu proveedor: ¿te puedo pagar con Bitcoins?

@ecuamattMatthew Carpenter-Arevalo (@ecuamatt) comenta sobre las advertencias de usar Bitcoin.

Créditos
Imagen gráfica del logo: Box 03 Cake Cherry Icon por Klukeart
Banda sonora: Memories por SundLy
Anfitrión: Johnny Martín Leon (@jmartinleon) en Radio Poder 95.3 FM