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¿Te puedo pagar con Bitcoins?


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Un grupo de cinco personas están sentados alrededor de una mesa. Cada uno tiene dinero en efectivo en una mano y una libreta de apuntes en la otra, en cada libreta están anotadas las cantidades de dinero que poseen todas las personas. Uno de ellos le paga a otro porque acaba de comprarle un bien, todos los asistentes registran ese pago en sus libretas de apuntes para evitar el “doble gasto”, de tal forma que el comprador no estafe a lo demás intentando pagar con dinero que no tiene. Estos son los conceptos básicos en los que se fundamente la nueva moneda tecnológica Bitcoin, en vez de la mesa tenemos la red (Internet), y no somos cinco personas sino millones que estamos interconectados. Sus características principales son:

  • Moneda electrónica: no existe soporte físico de esta moneda, ni en metálico ni en billetes, la billetera se almacena como un archivo de tu computadora, si pierdes el archivo pierdes el dinero.
  • Descentralizada: no hay una entidad que respalde la moneda, como por ejemplo el Banco Central de un país, por tanto no tiene inflación ni está bajo la regulación o control de ningún gobierno o entidad.
  • Anónima: para efectuar una transacción (envío o recepción de bitcoins) no es indispensable identificarse o asociar la billetera a un nombre, simplemente se publica la “dirección”, como por ejemplo la mía: 1QHuYq7uf5jXQPxidddHFLpTtnu8cHyeUd, y listo, se pueden enviar o recibir bitcoins.
  • Segura: el archivo digital que contiene la billetera puede encriptarse, al igual que las transacciones
  • Internacional y sin costos de transacción: pagos casi inmediatos en todo el mundo, y sin intermediarios, por tanto sin costos de procesamiento.

Aunque Bitcoin es relativamente nuevo y se recomienda ser cautos en su uso puesto que está en evolución, ya se puede cambiar moneda legal en curso –por ejemplo dólares– con Bitcoins. Es cuestión de tiempo para que los “cambistas” mejoren su interfaz para que el usuario final tenga una mejor experiencia de uso y evite confusiones. A la fecha se procesan más de 28 millones de transacciones, incidiendo a que servicios conocidos en la web como por ejemplo WordPress o Wikileaks aceptan pagos en Bitcoins.

Queda por definir un escenario donde las transferencias de dinero con esta moneda electrónica se saltan con mucha facilidad a reguladores, intermediarios, y otros controles fiduciarios a los que hemos estado mal acostumbrados. Cambiar ese paradigma y reflexionar en su mejora es parte de esa evolución pendiente.

Infórmate un poco más, crea tu billetera, cambia tus primeros dólares, y la próxima vez pregúntale a tu proveedor: ¿te puedo pagar con Bitcoins?

@ecuamattMatthew Carpenter-Arevalo (@ecuamatt) comenta sobre las advertencias de usar Bitcoin.

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Anfitrión: Johnny Martín Leon (@jmartinleon) en Radio Poder 95.3 FM

La versión 4.0 de las licencias Creative Commons (CC)


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Creative Commons (CC) es una organización global que ha desarrollado un conjunto de licencias para que los autores de contenidos (texto, fotografía, audio, video, etc.) concedan usos adicionales de sus obras dentro del ámbito del derecho de autor. Estos permisos que el autor concede en unos casos persiguen lograr una mayor difusión de su obra, y en otros intentan adaptarse a nuevos entornos de la cultura, educación e investigación que las nuevas tecnologías nos han traído, pasando del restrictivo “todos los derechos reservados” a una cultura abierta del “algunos derechos reservados”.

Las licencias CC son gratuitas, se escogen dentro de un conjunto de seis modelos estándares en función de los intereses del titular del derecho de autor. En Latinoamérica se han traducido (idioma) y adaptado (legal) a nueves países incluyendo el nuestro, operando en Ecuador desde abril del 2008, teniendo validez legal y compatible con la Ley de Propiedad Intelectual vigente desde 1998.

En poco más de una década, CC –como organización– se ha convertido en un movimiento que lidera la cultura libre, sirviendo de plataforma para otros conceptos “open” como la educación, la democracia, el gobierno, o los negocios. Recientemente se ha manifestado a favor de apoyar la reforma legal del derecho de autor para adaptarlo a nuestros tiempos, situación que ha sido vista con muy buenos ojos en nuestro país por parte de quienes estamos proponiendo una sociedad donde el procomún tenga cabida.

En otro ámbito, el de la educación, los Recursos Educativos Abiertos han tenido un soporte fundamental y un desarrollo acelerado gracias a CC. Las barreras para acceder al conocimiento de calidad cada vez son menores, con mayor capacidad de reusar esos contenidos, y con un aporte concreto a la sociedad del conocimiento.

El martes pasado se anunció la evolución de las licencias hacia la versión 4.0, cuyos principales objetivos son: internacionalización de las licencias con independencia de jurisdicciones o países; interoperabilidad con otros modelos y plataformas; de largo plazo; adaptables a entornos de ciencia, educación y gobierno; y apoyando en la adopción de modelos y marcos de trabajos existentes, previos al uso de esta versión. Esta evolución es el fruto de dos años de discusiones entre el equipo directivo, el personal de CC, y su red de afiliados en todo el mundo. Así que, para finalizar, simplemente invitar a los autores a que empiecen a utilizar las licencias CC decididamente, puesto que tienen una disponibilidad inmediata para su adopción.

@caroboteroCarolina Botero (@carobotero) nos comenta sobre las características de la versión 4.0 de las licencias CC.

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Panorama del Software Libre (SL) en Ecuador


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Los aspectos básicos en los cuales se fundamenta el Software Libre son un conjunto de cuatro libertades desde las más básicas:
0: La libertad de ejecutar un programa (software) para cualquier propósito
1: La libertad de estudiar cómo trabaja el programa y cambiarlo para que haga lo que se quiera
2: La libertad de redistribuir copias para que pueda ayudar al prójimo
3: La libertad de mejorar el programa y publicar sus mejoras, y versiones modificadas en general, para que se beneficie toda la comunidad

La Fundación para el Software Libre (Free Software Foundation) ha sido enfática reiteradamente al marcar diferencia entre el software gratuito y el software libre, confusión que podría originarse debido a la palabra inglesa “free”, remarcando que no todo el software libre es gratuito y viceversa.

Desde 2005 se viene organizando el Festival Latinoamericano de Instalación de Software Libre, siendo destacada la participación de Ecuador con 11 ciudades activas en el pasado 27 de abril de este año, en un evento donde se aprovecha para acercar el software libre a la gente de la calle, a través de charlas, conversaciones informales, y por supuesto instalaciones. Es también notable el espíritu colaborativo de voluntarios quienes organizan y llevan adelante el FLISOL año trás año, motivados por el espíritu de colaboración. Para el 2014 estaremos atentos al cuarto sábado de abril.

Con fecha 10 de abril de 2008 se emite el Decreto Presidencial 1014 que mediante 7 artículos se declaró al SL como política de Estado para ser adoptado en todas las entidades públicas. Por otro lado, en la Ley Orgánica de Educación Superior, en el art. 32 se establece la obligatoriedad en el uso de software libre en las instituciones de educación superior. Sin embargo, a pesar de estos dos instrumentos jurídicos, no ha habido el suficiente despliegue esperado en la adopción de SL.

Una de las agrupaciones que ha mantenido una trayectoria en el país es la Asociación de Software Libre del Ecuador (ASLE), quienes continuamente están organizando congresos y talleres, logrando la participación de ponentes destacados como el mismo Richard Stallman, fundador de la Fundación para el Software Libre. Para el próximo 26 al 28 de noviembre se prepara la “Minga por la libertad tecnológica”, con 22 ponentes, 3 ejes principales de conferencias, y algunos eventos y talleres paralelos, un evento realmente recomendable para conocer, aprender y actualizarse en SL.

@jorge_andr3sAndrés Delgado (@jorge_andr3s) comenta sobre la Minga Tecnológica que se desarrollará la semana entrante, citando a varios de los ponentes e invitando a participar en ella.

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El #COIP desde la óptica de la tecnología


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Se está elaborando el Código Orgánico Integral Penal (#COIP). Se han incluido aspectos relacionados con la tecnología, como por ejemplo:

  • el delito de phishing está contemplado en el art. 212 «suplantación de identidad», y en concreto para el mundo virtual en el art. 228 numeral 2
  • el cracking y defacement están contemplados en los artículos 230 «ataque a la integridad de sistemas informáticos», y 232 «acceso no consentido a un sistema informático, telemático o de telecomunicaciones»
  • aspectos relacionados a las bases de datos y seguridad de la información se describen en los artículos 227 al 232
  • los datos de carácter personal están en el art. 468 numeral 2
  • la inviolabilidad de la correspondencia –incluyendo el correo electrónico– está en el art. 471 numeral 1
  • la interceptación de las comunicaciones o datos informáticos, reconocimiento de grabaciones, y –el más polémico– conservación de datos y registros están en los artículos 472 al 474.
  • la definición y manejo del contenido digital está en el art. 497
  • las audiencias telemáticas se describen en el art. 562

Se escapa al código la tipificación de otras malas prácticas puntuales en el mundo digital, como por ejemplo el spam, fabricación de software malicioso (p. ej. virus), etc. Pero lo más lamentable de todo es el espíritu de supervigilancia descrito en el art. 474, similar al ambiente descrito en la famosa obra “1984” de G. Orwell. Derechos básicos como el anonimato se cargan olímpicamente en ese artículo, donde abruptamente pasamos de un estado de democracia a otro estado de espiocracia, “matando moscas a cañonazos” mal argumentando que esa es la vía para identificar o detener delitos criminales en la red, cuando en realidad está demostrado que los autores de estos delitos se saltarán estos artificios legales logrando mayor sofisticación en sus actos.

Si es inevitable la vigilancia de las comunicaciones, existe un conjunto de 13 principios garantizando que las leyes y regulaciones estén en consonacia con el derecho internacional de los derechos humanos y protejan adecuadamente los derechos a la intimidad y a la libertad de expresión.

Finalmente, estos sin sentidos han ocurrido porque en nuestro país todavía tenemos asambleístas mal asesorados, a quienes les podríamos decir claramente: «Si no entiendes internet, no deberías estar en el gobierno«.

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¿Es ilegal bajarse una canción de Internet?


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Respuesta corta: no. Respuesta larga: El artículo 108 de la Ley de Propiedad Intelectual Vigente en nuestro país desde 1998 hace referencia a la «copia privada» disponiendo que deben cumplirse dos condiciones para que ésta se cumpla: 1) que la copia sea doméstica, es decir para uso personal en tu casa, y 2) que debe darse un uso no lucrativo, es decir que no la vendas. Con esta base legal hagamos el siguiente ejercicio: Supongamos que yo me acerco a una tienda de música y compro un policarbonato de plástico redondo, léase CD «original» nuevo y emplasticado, eso —hasta donde tenemos entendimiento los no-abogados— no es ilegal; llego a mi casa, desempaco el CD y empiezo a escucharlo en el ámbito doméstico, eso no es ilegal; le cuento a un amigo lo bien que suena el nuevo CD, y él me pide que se lo preste, ingenuamente lo hago, sabiendo que esto no es ilegal. Pero debido a que hace tiempo este amigo no me devolvió una docena de CD prestados, ahora hago una copia íntegra del CD, le presto la copia y me quedo con el original, esto tampoco es ilegal, y además es una buena forma de compartir cultura.

Sin embargo no nos quedamos ahí, porque mi amigo tiene apuro inusitado en escuchar el nuevo CD que acabo de comprar, no quiere venir a mi casa a recogerlo, así que me pide que baje las canciones a mi computador y que se las envíe a cada una como un archivo de audio, hago eso mismo saturando su buzón de correo electrónico. Esto último se conoce como «desmaterialización», y según lo descrito tampoco es ilegal, porque —recordemos— se cumplen las dos condiciones: ámbito doméstico y uso no comercial. Ahora viene lo divertido: mi amigo me pide que no inunde su buzón de correo con todos los archivos pesados, sino que coloque todos los archivos en una carpeta de mi computador y que la comparta a través de un protocolo de intercambio de archivos P2P, de esa forma se podrá descargar esos archivos de audio cuando pueda y como pueda. Aquí es donde los defensores a ultranza del copyright ponen sus grito en el cielo, llegando este ejemplo a un umbral gris entre lo legal e ilegal.

El derecho a la copia privada es tan desconocido como practicado. Pero más allá del tema legal, resulta draconiano perseguir o penalizar a quienes hemos podido tener acceso a la cultura gracias al desarrollo de Internet. Por el contrario, muchos autores y creadores han descubierto el verdadero potencial de esta herramienta, se han dado cuenta que el éxito del negocio no consiste en impedir el acceso a sus contenidos, y han podido “surfear” la ola para que juegue a su favor, logrando una difusión impensable a través de medios convencionales.

El paradigma de la cultura comercial cambió con la llegada de Internet, ¿los modelos de negocio tradicionales han hecho lo mismo? Como se siga pensando que la venta de CD es el único sostén, de seguro tendremos los días contados por esa vía… mientras tanto los usuarios seguiremos bajando canciones, legalmente.

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BlackBerry, esa fruta que se resiste a morir


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Al fabricante de los teléfonos BlackBerry (antes RIM) no le ha ido tan bien que digamos en los últimos años. Reiteradamente se ha especulado sobre su cierre o su adquisición por parte de otras compañías, como por ejemplo recientemente por parte de FaceBook. En gran medida, esta caída de la compañía se debe a su escasa capacidad de innovación, y a una despiadada competencia en el sector de los teléfonos inteligentes (smartphones) que han planteado otros fabricantes, como Apple con su iOS o Google con Android. Con los números de contabilidad en rojo, BlackBerry lanzó la semana anterior el servicio de mensajería BBM (BlackBerry Messenger), que fue anunciado tiempo atrás. Con esta jugada, BlackBerry incorpora 20 millones de nuevos usuarios a su plataforma existente de 60 millones de usuarios únicos mensuales. Una cifra nada despreciable.

Latinoamérica siempre resultó codiciada por el fabricante, siendo los mismos operadores de telefonía celular quienes incidieron en sus clientes a comprar un BlackBerry, a pesar de sus limitantes técnicas y su poca usabilidad comparada con otros teléfonos de igual gama.

Por otro lado, aplicaciones de mensajería instantánea multiplataforma como WhatsApp, Line o Viber, están ganando mucho terreno frente a BBM, y a su vez todas ellas frente al uso de mensajes SMS provistos por la telefonía celular. WhatsApp tiene varios problemas de seguridad que no han sido resueltos, y al igual que Line o Viber no enmascaran ni protegen el número telefónico del usuario. Line y Viber ofrecen una aplicación adicional para correr el software en el computador además del teléfono, facilitando conversaciones (chats) desde el escritorio, y también la posibilidad de hacer llamadas de voz, como por ejemplo lo hace Skype. BBM protege el número telefónico sustituyéndolo por un Número de Identificación Personal (PIN por sus siglas en inglés). Atrás quedan otros jugadores como iMessage de Apple, FaceBook Messenger, Hangouts de Google, Nimbuzz, o Yahoo! Instant Messaging, con cuotas de usuarios relativamente pequeñas.

Sin embargo, con la aplicación BBM corriendo en Android y en iOS, BlackBerry todavía tiene cuesta arriba por recorrer. Atrás quedaron los años cuando esta empresa era líder indiscutible del mercado. Su nicho corporativo sigue perdiendo cuota de presencia, mientras que BlackBerry sigue recortando personal. Una aplicación para enviar y recibir mensajes a través de un PIN vinculará a muchos usuarios que se acostumbraron a este servicio, pero no sacará a flote a la compañía, a menos que haga lo que está haciendo su competencia: escuchar a sus usuarios, innovar, y adaptarse rápidamente. Por algo su competencia ahora ocupa el rol del liderazgo.

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Revisión breve de los últimos lanzamientos de Apple


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El martes pasado Apple presentó su nuevo sistema operativo de escritorio “Mavericks”, las nuevas versiones de las aplicaciones de productividad iWork y creatividad iLife, nuevas portátiles MacBook Pro, nuevos equipos de escritorio Mac Pro, y una nueva tableta iPad Air. Al igual que en otras presentaciones de productos, las fotografías, revisiones, reportajes y comentarios de todo tipo se riegan rápidamente por innumerables fuentes, Apple tiene experiencia y trayectoria en conseguir la atención de los medios y de los usuarios con un presupuesto modesto para estos eventos, y sin utilizar los anticuados métodos como por ejemplo “boletines de prensa”. En pocas palabras, la compañía comunica su mensaje bien y barato.

Más allá de lo que ya se ha publicado en varios medios, quiero centrarme en cuatro aspectos que llaman la atención:

  1. Apple sigue apostando a una diferencia entre computadoras (PC’s) y tabletas, mas no a una mezcla híbrida de ambos (netbooks), criticando ese modelo. En pleno evento, Tim Cook (CEO de Apple) dijo que la competencia está confundida, “…intentan crear tabletas dentro de las PC’s, y PC’s dentro de las tabletas, ¿quién sabe lo que harán después de eso?” y mostró un signo de tráfico cargado de sarcasmo con una flecha llena de caminos sinuosos que no van a ninguna parte.
  2. Apple potencia su ventaja de una empresa que ofrece el hardware y software de manera integrada, tal como lo hizo años atrás Silicon Graphics o Sun Microsystems. Su sistema operativo (OS) tanto en equipos de escritorio como en dispositivos móviles (tabletas y teléfonos) ofrece esa integración, sumada a la crítica de la poca o escasa apertura que tiene Apple sobre el control de su ecosistema.
  3. A casi un año de su lanzamiento, Windows 8 no ha tenido la acogida que se esperaba, con un precio cercano a los $200. Apple hace una jugada atrevida ofreciendo su nuevo sistema operativo “Mavericks” de forma gratuita a quienes hayan comprado versiones anteriores de su SO. En parte, esta jugada es posible gracias a la integración comentada en el punto anterior.
  4. La productividad de trabajo en la nube viene ofreciéndose desde hace algunos años, por ejemplo con GoogleDrive (Google) u Office 365 (Microsoft). Apple llega tarde con su oferta iWork en la nube, que incluye Pages (procesador de texto), Numbers (hoja electrónica) y Keynote (presentaciones). Llega tarde pero ofrece servicio gratuito usando su concepto de la nube iCloud, compitiendo con los otros dos grandes proveedores.

Y así, otra presentación más de Apple, que nos abre nuevas posibilidades de productividad y entretenimiento, pero que sutilmente nos amarra a sus productos.

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El protocolo de Internet, su última versión


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De la misma forma en que los seres humanos utilizamos un idioma para comunicarnos, los dispositivos conectados a Internet usan un conjunto de instrucciones agrupadas en un protocolo de comunicación para enviar y/o recibir información digitalizada. El Protocolo de Internet, o IP por sus siglas en inglés (Internet Protocol) también otorga una identificación única e irrepetible a cada dispositivo que se conecta a la red, que suele llamarse “Dirección IP”, y que tiene un conjunto de cuatro números separados por un punto que van desde el 0 al 255, por ejemplo: 200.0.28.244. La dirección IP sería una especie de cédula de identidad que –justamente– identifica de forma irrepetible a cada dispositivo, teniendo una capacidad de otorgar casi 4,3 mil millones de direcciones IP.

Hoy, la población mundial supera los 7 mil millones de habitantes, y aunque no todas las personas tienen acceso a Internet, se debe tomar en cuenta que muchos usuarios tienen más de un dispositivo conectado a la red (teléfono celular, tableta, portátil, computador de escritorio, etc). Por tanto, a simple vista el número de direcciones IP únicas parecería un número grande, sin embargo hace tres años se disponía de –únicamente– el 10% de direcciones libres para asignarlas a los usuarios. Algunos proveedores de acceso a Internet aprovecharon la tecnología para establecer un “puente” entre las direcciones IP públicas y una subred de sus clientes creada por ellos, otorgando direcciones IP privadas para no ocupar las escasas públicas.

Recientemente, a partir del desarrollo del concepto de “el Internet de las cosas” –que hablaré más adelante– existe un interés creciente en integrar a la red muchos aparatos, (vehículos, electrodomésticos, sensores de todo tipo), de tal forma que comuniquen diversa información en la red y hacia un punto en común, con fines de monitoreo, domótica, telemetría, almacenamiento y posterior explotación de esos datos, etc.; este crecimiento empujó la necesidad de un mayor número de direcciones IP.

Al igual que en el software, el Protocolo de Internet pasó de la versión 4 a una nueva y mejorada versión 6: “IPv6”, en el que se puede otorgar la –gigante– cifra de 340 sextillones de direcciones IP, es decir, lo suficientemente grande como para estar tranquilos varios decenios de años.

Aunque una dirección IP no identifica directamente a un usuario, porque por ejemplo alguien podría utilizar un computador público en un cibercafé, es recomendable que esa información sea lo más privada posible para evitar ataques o seguimiento no solicitado. Desafortunadamente el Reglamento de Abonados emitido por el CONATEL en julio del año anterior permite solicitar esa información sensible a un proveedor de acceso a Internet sin la intervención de una orden judicial.

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